Los cuatro trámites, en orden
- La forma legal. Autónomo o sociedad: lo explica la guía Autónomo o empresa.
- El local y el título habilitante de la actividad, ante el ayuntamiento.
- El alta censal en la Agencia Tributaria.
- La Seguridad Social: alta como autónomo y, si vas a contratar personas, inscripción de la empresa.
El orden exacto puede variar según tu actividad y tu forma legal: la Agencia Tributaria pide el alta censal antes de empezar la actividad Agencia Tributaria, y la ley balear permite empezar a ejercerla en cuanto se presenta la declaración responsable que corresponde Ley 7/2013, art. 45.
El local
El alquiler de un local es un arrendamiento «para uso distinto de vivienda» LAU, art. 3. La fianza es de dos mensualidades de renta y, en Baleares, también se deposita LAU, art. 36: lo explica la guía Alquilar una vivienda.
Consejo de esta guía: antes de firmar el alquiler o la compra, pregunta al ayuntamiento si en ese local se puede ejercer tu actividad y qué obras haría falta. Es mucho más barato preguntar antes que corregir después. La ley prevé que la administración conteste por escrito las consultas, en el plazo de un mes, y que esa respuesta valga seis meses Ley 7/2013, art. 40.
Licencia o declaración responsable de actividad
La ley balear clasifica las actividades en tres clases: inocuas, menores y mayores. El título que necesitas depende de la clase Ley 7/2013, arts. 42 y 43:
| Clase | Qué se presenta |
|---|---|
| Inocua | Una declaración responsable del titular ante el ayuntamiento. |
| Menor o mayor | Una declaración responsable con un certificado de técnico competente que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto de actividades, con o sin obras. |
- La declaración faculta para empezar a ejercer la actividad art. 45. Si más tarde se descubre una inexactitud esencial, no puedes seguir ejerciéndola, y la administración debe darte al menos dos meses para corregirla.
- Si hacen falta obras, la ley exige además una comunicación previa o una licencia urbanística, según la normativa urbanística art. 37. Mira Reformas: licencias municipales y a quién llamar.
- La declaración sustituye a la licencia de ocupación y a la cédula de habitabilidad a efectos de contratar los suministros.
El texto consolidado de la ley (actualizado el 13 de junio de 2026) ha cambiado varias veces. Cada ayuntamiento tiene además su procedimiento y sus formularios, y hay actividades con normas propias, como los espectáculos y los horarios. Pregunta siempre en el área de actividades de tu ayuntamiento. En su sede electrónica, por ejemplo, el catálogo de trámites de Palma permite buscar cada procedimiento por nombre.
El alta censal en la Agencia Tributaria
Se hace con el modelo 036 (o con el 037, su versión simplificada): la declaración censal de alta, modificación y baja de empresarios, profesionales y retenedores. Se presenta por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o se rellena y se imprime Agencia Tributaria.
Si eres extranjero, necesitas antes el NIE: el NIE y los primeros trámites. Una sociedad tiene su propio número de identificación fiscal (NIF).
Seguridad Social
- Si trabajas por cuenta propia: el alta en el RETA se hace en la sede electrónica de la Seguridad Social o con el modelo TA0521 Seguridad Social.
- Si vas a contratar personas: la Seguridad Social tiene servicios para inscribir la empresa y obtener la cuenta de cotización: uno para el empresario individual, que accede como persona física, y otro para las sociedades, que acceden como entidad sede electrónica.
Las cuotas, las bases y las bonificaciones cambian: consúltalas siempre en la Seguridad Social.
Ventanillas oficiales
| Ventanilla | Para qué sirve |
|---|---|
| PAE electrónico y CIRCE | Crear una empresa o darte de alta como autónomo por internet, con certificado digital o Cl@ve, y hacer después trámites como cambiar el domicilio o la denominación. La asistencia presencial se presta a través de la red de Puntos de Atención al Emprendedor. |
| EUGo | El punto único de contacto de la Directiva de Servicios: un asistente que te indica los pasos para establecerte o ejercer una actividad en España, y el reconocimiento de cualificaciones para profesiones reguladas. Está pensado, entre otros, para quien viene de otro país de la UE. |
| Tu ayuntamiento | La declaración responsable o la licencia de actividad y, si hay obras, la comunicación previa o la licencia urbanística. |
| Agencia Tributaria y Seguridad Social | El alta censal y el alta como autónomo o la inscripción de la empresa. |
Cuándo conviene un profesional
- Una gestoría o asesoría: para elegir la forma legal, presentar el alta censal y llevar los papeles. Mira cómo distinguirlas en Autónomo o empresa.
- Un arquitecto o un instalador: si tu actividad necesita certificado técnico o proyecto de actividades.
- Una empresa de reformas: si el local necesita obras.
- Un abogado y una notaría: para constituir una sociedad o revisar un contrato de alquiler de local.
Si el profesional dice que está colegiado, compruébalo: cómo hacerlo.
Profesionales del directorio
Categorías relacionadas con esta guía:
Gestorías y asesoríasAbogadosArquitectosFontaneros y electricistasReformas y construcciónNotarías
Fuentes y fecha de consulta
Fuentes oficiales consultadas el 24 de octubre de 2026. Los trámites, los requisitos y los importes cambian: comprueba siempre la fuente antes de actuar.
- BOE: Ley 7/2013, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, arts. 37 y 40 a 45
- Agencia Tributaria: Modelo 036, declaración censal de alta, modificación y baja
- Seguridad Social: Alta de autónomos
- Seguridad Social: Afiliación, inscripción y modificaciones (empresas y profesionales)
- Ministerio de Industria y Turismo: PAE electrónico y CIRCE: crear empresas y darse de alta como autónomo por internet
- Ministerio de Industria y Turismo: EUGo, punto único de contacto de la Directiva de Servicios
- Ajuntament de Palma: Catálogo de trámites de la sede electrónica (ejemplo de ventanilla municipal)
- BOE: Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (texto consolidado), arts. 5, 9, 11, 17, 21 y 36
- Dirección General de Industria y de la PYME: Empresario individual: creación y puesta en marcha
Información general, no sustituye el consejo de un profesional.
