Autónomo y sociedad limitada, en una tabla
| Autónomo | Sociedad limitada (SL) | |
|---|---|---|
| Qué es | Una persona física que ejerce una actividad por cuenta propia. | Una sociedad con personalidad jurídica propia. |
| Capital | No hay capital mínimo. | Lo aportan los socios. |
| Responsabilidad | Ilimitada: respondes con todo tu patrimonio. | Frente a terceros, limitada a lo aportado. No impide que avales una deuda a título personal. |
| Impuesto sobre los beneficios | IRPF. | Impuesto sobre sociedades. |
| Cómo se crea | Alta en Hacienda y en la Seguridad Social. | Escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. |
Fuentes: empresario individual y sociedad limitada, de la Dirección General de Industria y de la PYME.
Si trabajas como autónomo
- Alta censal en la Agencia Tributaria con el modelo 036, antes de empezar la actividad Agencia Tributaria.
- Alta en el RETA de la Seguridad Social, por la sede electrónica (con certificado, DNI electrónico o Cl@ve, como persona física) o en papel con el modelo TA0521 Seguridad Social.
- Licencias de actividad: dependen de la comunidad autónoma y del municipio.
Desde 2023 la cuota se calcula según los rendimientos netos. Las bases y los tramos cambian, así que consúltalos en la Seguridad Social, no en una guía.
Si creas una sociedad limitada
Se constituye en escritura pública ante notario y se inscribe en el Registro Mercantil provincial. Ante el notario hay que acreditar que el dinero aportado está depositado a nombre de la sociedad Dirección General de Industria y de la PYME. Para los estatutos y la escritura conviene contar con una notaría y con un abogado o una gestoría que los prepare.
Preguntas para decidir con un profesional
- ¿Voy a trabajar solo o con socios?
- ¿Qué parte de mi patrimonio quiero mantener separada de la actividad?
- ¿Cuánto voy a facturar y con qué gastos? Cada forma legal tiene obligaciones contables y de presentación de cuentas distintas.
- ¿Tengo ingresos o patrimonio también en otro país? Pregunta si el profesional tiene experiencia con situaciones internacionales.
Gestoría o asesoría fiscal
Se usan casi como sinónimos, pero no lo son del todo.
| Gestoría | Asesoría fiscal | |
|---|---|---|
| Qué es | La oficina de un gestor administrativo, una profesión colegiada: se accede por pruebas de aptitud o máster y hay que colegiarse y tener un seguro de responsabilidad civil Consejo General de Gestores. | Un servicio de asesoramiento en impuestos. El nombre no indica una titulación: puede ser un gestor, un abogado, un economista u otro profesional. |
| Qué suele hacer | Tramitar altas y bajas, presentar modelos y gestionar trámites con Hacienda, la Seguridad Social y otros organismos. | Asesorar sobre cómo tributar, planificar y resolver dudas fiscales; a menudo también lleva la contabilidad. |
| Qué preguntar | Su número de colegiado y su póliza. | Su titulación y su colegio. |
Como orientación: si lo que necesitas es que alguien presente los papeles y lleve los trámites, una gestoría suele bastar. Si necesitas decidir cómo tributar, o tu situación no es corriente, pregunta por una asesoría con titulación y experiencia en tu caso; y si hay un conflicto jurídico, un abogado. El Estatuto de la profesión deja claro que el gestor no aplica la técnica jurídica reservada a la abogacía.
Cómo elegir
- Pide su titulación y su número de colegiado, y compruébalo: cómo hacerlo.
- Pregunta quién firma y quién presenta cada documento.
- Pide los honorarios por escrito y qué incluyen.
- Pregunta en qué idiomas te atienden.
- Recuerda que la verificación de Atalaya Balear confirma datos, no calidad: cómo lo comprobamos.
Profesionales del directorio
Categorías relacionadas con esta guía:
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Fuentes y fecha de consulta
Fuentes oficiales consultadas el 24 de octubre de 2026. Los trámites, los requisitos y los importes cambian: comprueba siempre la fuente antes de actuar.
- Dirección General de Industria y de la PYME: Empresario individual: creación y puesta en marcha
- Dirección General de Industria y de la PYME: Sociedad Limitada: creación y puesta en marcha
- Agencia Tributaria: Modelo 036, declaración censal de alta, modificación y baja
- Seguridad Social: Alta de autónomos
- BOE: Decreto 424/1963, Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo
- Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos: Quiénes somos
Información general, no sustituye el consejo de un profesional.
